Por
Kathambi Kinoti
Las trabajadoras domésticas
contribuyen enormemente a la economía mundial. Refuerzan las economías locales
y extranjeras al asumir roles de provisión de cuidados y las trabajadoras
migrantes envían a sus hogares remesas que constituyen una parte sustancial del
producto interno bruto de sus países de origen. Sin embargo, por mucho tiempo
el trabajo doméstico no ha sido regulado y las personas que lo desempeñan han
sufrido violaciones a sus derechos económicos y enfrentado obstáculos para
acceder a la justicia.
En
junio de 2011, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó
el Convenio 189 sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los
trabajadores domésticos (C189). La ratificación ha sido lenta, pero
la Campaña 12 para 12 persigue que por lo menos 12 países ratifiquen
el Convenio en 2012.
AWID
entrevistó a Marieke
Koning, de la Confederación Sindical Internacional (CSI), sobre las
implicaciones del C189 para los derechos y justicia económicos de las mujeres.
AWID: ¿Cuál es la situación del
Convenio desde que fue adoptado en junio del año pasado?
Marieke Koning (MK): “¡Éste
es el fin de la esclavitud moderna!” fueron las palabras de trabajadoras y
trabajadores domésticos cuando presenciaron la histórica adopción
del Convenio 189 (C189) y la Recomendación 201 sobre el trabajo
decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos durante la
Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2011. Para estas personas y
los 50-100 millones de trabajadoras/es domésticas/os en todo el mundo, la
adopción del C189 significó el reconocimiento y respeto de este trabajo por
parte de la comunidad internacional; la disponibilidad de un instrumento
internacional que pueden usar para reclamar sus derechos; y el potencial de
sacar de la economía informal a millones de personas e insertarlas en empleos
formales.
Dos
ratificaciones permitirán que el C189 entre en vigor. Se espera recibir pronto
la primera ratificación, de Filipinas, y podría haber otras 30 ratificaciones
entre 2012 y 2014. Nuevas leyes y reformas están siendo adoptadas y
contempladas en España, India, Indonesia y Singapur. Pero debemos seguir
alertas porque el Parlamento en Indonesia planificó posponer los debates;
además, las altas expectativas respecto a la ratificación en algunos países se
han atenuado debido a climas políticos cambiantes que incluyen concentración en
las elecciones nacionales.
AWID: ¿Cómo influyó el poder
económico ejercido por trabajadoras migrantes y domésticas en el proceso previo
a la adopción del Convenio?
MK: Un
punto fuerte de negociación para la adopción del C189 fue el hecho de que las
trabajadoras domésticas migrantes están contribuyendo a las economías de sus
países al asumir trabajo de cuidados remunerado, propiciando así que otras
mujeres trabajen fuera del hogar.
Las
negociaciones en la Conferencia Internacional del Trabajo en junio de 2010 y
junio de 2011 fueron intensas y desde el inicio hubo la opinión de que ‘algo debe
hacerse’, pero tanto los empleadores como la mayoría de gobiernos apoyaban sólo
una Recomendación. Un Convenio, al ser ratificado, obliga a los gobiernos a
armonizar con éste su legislación nacional. La delegación sindical, incluyendo
sindicatos de trabajadoras/es domésticas/os, presentó múltiples ejemplos y
argumentos respecto a la necesidad de un Convenio. Resaltando similitudes en
abusos y explotación en muchos países, hicieron referencia a leyes vigentes en
naciones del Norte y del Sur. El apoyo a un Convenio aumentó cuando gobiernos
como los de Sudáfrica y Brasil empezaron a hablar en nombre de sus regiones y
mostraron una fuerte voluntad política de defender un Convenio.
AWID: ¿Cómo aborda el C189
asuntos de salarios, beneficios y condiciones de trabajo justos? ¿Cuáles
implicaciones tiene para la condición y el poder económicos de las mujeres?
MK: Dado
que tradicionalmente el trabajo doméstico es desempeñado por mujeres en el
hogar, no se le considera una profesión seria. No es valorado, reconocido o
respetado. Por demasiado tiempo, decenas de millones de trabajadoras domésticas
han sido excluidas de la legislación nacional, están mal remuneradas o no se
les paga en absoluto, trabajan jornadas muy largas, son explotadas y sufren
abusos. La labor realizada por las trabajadoras domésticas no es visible y es
aislada porque la desempeñan dentro del hogar. A muchas de ellas se les
mantiene prácticamente como prisioneras o esclavas, sin permitirles salir de la
casa o comunicarse con sus familias.
La
adopción del C189 es histórica. Reconoce el trabajo doméstico como trabajo y
estipula los derechos mínimos que deben disfrutar quienes lo desempeñan. Una
vez ratificado, el Convenio fortalecerá el poder económico de millones de
trabajadoras/es domésticas/os: tendrán derecho al salario mínimo, con
deducciones únicamente en circunstancias excepcionales que están claramente
descritas.
El
C189 se refiere [en el Artículo 10] a la igualdad de trato entre
trabajadoras/es domésticas/os y trabajadoras/es en general en relación a las
horas normales de trabajo, la compensación de horas extraordinarias, los
periodos de descanso diarios y semanales y las vacaciones anuales pagadas. El
Convenio también reconoce como horas de trabajo los periodos durante los cuales
las/os trabajadoras/es domésticas/os no disponen libremente de su tiempo y
permanecen a disposición del hogar para responder a posibles requerimientos de
sus servicios.[1] Estas personas tendrán acceso a protección de la seguridad
social, inclusive en lo relativo a la maternidad, y a beneficios en materia de
salud y seguridad [Artículo 13].
Ahora,
empleadores y trabajadoras/es domésticas/os deberán firmar un contrato de modo
que haya claridad en cuanto a las condiciones de empleo [Artículo 7]. Asimismo,
las/os trabajadoras/es domésticas/os tienen derecho a decidir si quieren o no
residir en el hogar para el cual trabajan [Artículo 9] y tendrán acceso a
tribunales u otros mecanismos de resolución de conflictos [Artículo 16], lo que
ayudará a detener las prácticas abusivas de muchas agencias de empleo. Además,
el C189 pretende producir cambios en las vidas de millones de mujeres y niñas
que están atrapadas en el trabajo doméstico infantil y trabajos forzados.
Finalmente,
el C189 impone a los Estados Miembros la obligación de respetar, promover y
hacer realidad los derechos de las/os trabajadoras/es domésticas/os a la
libertad de asociación, a la libertad sindical y al reconocimiento efectivo del
derecho de negociación colectiva [Artículo 3]. Estos derechos fundamentales son
denegados por la mayoría de leyes laborales nacionales. Ahora las/os
trabajadoras/es domésticas/os podrán por fin defender y negociar mejores
derechos en la legislación y la práctica, como también en los convenios de
negociación colectiva.
AWID: ¿Qué es
la Campaña 12 para 12?
MK: La Campaña
12 para 12 persigue que 12 países ratifiquen el C189 en 2012. Está
organizando a trabajadoras/es domésticas/os para que se sindicalicen y
fortaleciendo sus sindicatos. Doce ratificaciones en 2012 es la meta mínima –
debemos tener una cantidad sustancial de ratificaciones en 2012 para asegurar
que el Convenio mantenga su estatus como un instrumento internacional valioso.
La
Confederación Sindical Internacional (CSI) puso en marcha la Campaña 12
para 12[2] el 19 de diciembre de 2011, junto con la Red Internacional de
Trabajadoras del Hogar (IDWN) como socia clave de la Campaña porque su
organización conecta sindicatos y redes de trabajadoras domésticas a nivel
mundial.
¡Tenemos
equipos de la Campaña 12 para 12 en 73 países! Y la cantidad de
países está aumentando cada mes. Los equipos de campaña despertaron el
activismo en todo el mundo y ofrecen un paraguas para desarrollar coaliciones
entre sindicatos de trabajo, sindicatos de trabajadoras/es domésticas/os y organizaciones
de migrantes, derechos humanos y mujeres que maximizarán la presión sobre los
gobiernos. Nuestras estrategias incluyen colocar el C189 en una posición alta
dentro de la agenda de reuniones tripartitas de sindicatos, gobiernos y
empleadores; organizar reuniones con parlamentarias/os para incrementar el
apoyo a la ratificación; y organizar eventos públicos y acciones enfrente de
los Parlamentos.
AWID: Algunos países ya están
bien encaminados hacia la ratificación del Convenio: Bélgica, Filipinas, Perú y
Sudáfrica. En tu opinión, ¿por qué son sus particulares dinámicas
internas/internacionales conducentes a ratificarlo?
MK: La
mayoría de países que están cerca de ratificar el Convenio fue sensibilizada
respecto a los asuntos de las/os trabajadoras/es domésticas/os y emprendió
acciones para reformar su legislación laboral a fin de abordar algunas de las
necesidades más básicas de estas personas. Varias naciones jugaron un papel
sobresaliente durante las negociaciones en la Conferencia Internacional del
Trabajo, como Australia, Brasil, Filipinas, Namibia, Sudáfrica y Uruguay. En el
caso de Filipinas, el Gobierno sabe que al ratificar el C189 estará protegiendo
a millones de sus ciudadanas y ciudadanos que realizan trabajo doméstico en
otros países y que las/os trabajadoras/es domésticas/os en ese país también se
beneficiarán significativamente de la ratificación. El Gobierno filipino
estableció un Grupo Técnico de Trabajo con sindicatos, incluso sindicatos de
trabajadoras/es domésticas/os y organizaciones de mujeres migrantes, para
facilitar una consulta regular sobre el proceso de ratificación. Procesos
similar están teniendo lugar en Sudáfrica y Brasil.
En
otros países (por ejemplo, los escandinavos), los sindicatos asumieron un
fuerte compromiso y colocaron el C189 en una alta posición dentro de la agenda
tripartita. Pero nada puede darse por hecho. En Perú, donde teníamos muchas
esperanzas respecto a la ratificación, el apoyo inicial al C189 casi
desapareció después de las elecciones gubernamentales. Es por esto que los
equipos de la Campaña 12 para 12 deben estar alertas a fin de lograr
el mayor número posible de ratificaciones para fines de este año.
AWID: ¿Qué pasará ahora con el
monitoreo y acceso a remedios por contravenciones?
MK: Los
países que ya ratificaron el Convenio están obligados a aplicarlo en la ley y
la práctica, lo cual puede ser un largo proceso para algunos gobiernos. Otros
gobiernos de países donde las leyes ya cumplen los requisitos podrían necesitar
pocas adaptaciones o ninguna en su legislación nacional. Hay naciones que
quizás no ratifiquen el C189 pero usan las normas de la OIT como un modelo para
leyes y orientaciones a nivel de políticas.
Los
países que ratifican el C189 deben rendir informes regulares sobre su implementación
a la OIT. En muchas naciones, el Convenio ratificado se aplica directamente en
el derecho nacional, lo cual significa que un tribunal podría usar los derechos
enunciados en C189 al resolver disputas legales que involucran los derechos de
las/os trabajadoras/es domésticas/os. Además, la OIT tiene mecanismos de queja
establecidos que pueden ser utilizados, por ejemplo, por los sindicatos para
presentar una queja cuando el C189 no está siendo aplicado apropiadamente.
El
C189 es una norma mínima. Al ser ratificado, las y los trabajadores domésticos
tienen derecho a organizarse y formar sindicatos. De esta manera desarrollan su
poder de negociación colectiva y pueden negociar mejoras adicionales – en la
ley y la práctica – con empleadores y el gobierno, lo que proporcionará
justicia a millones de trabajadoras y trabajadores domésticos.
¡Infórmate y participa!
Únete
a la página de la Campaña 12 para 12 en Facebook,
una plataforma para difundir información y actualizaciones sobre el C189 y
legislación nacional, subir fotografías y videos o generar acciones a nivel
local y global.
Visita
la página web de la Campaña 12 para 12.
En
las páginas de la Red Internacional de Trabajadoras del Hogar y la Confederación Sindical
Internacional hay boletines y otras actualizaciones sobre
laCampaña 12 para 12.
Notas:
[1]
Éstas son horas fuera del horario normal de trabajo en las cuales a un/a
trabajador/a doméstico/a se le pide regresar al hogar donde labora, por
ejemplo, para ayudar a atender a una persona enferma.
[2]
La Campaña 12 para 12 es ahora una plataforma con múltiples socios:
la Red Internacional de Trabajadoras del Hogar (IDWN), la Unión Internacional
de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y
Afines (UITA), la Internacional de Servicios públicos (PSI), la Confederación
Europea de Sindicatos (ETUC), Human Rights Watch, el Foro de Migrantes en
Asia (MFA), Caritas, Solidar y Solidaridad Mundial. Se
espera que más organizaciones participen en la Campaña.
Fuente:
Notas de los Viernes de AWID, 23 de marzo de 2012. Título original: ‘Economic Rights and Justice for
Domestic Workers’ Traducción: Laura E. Asturias
Tomado
de: http://www.awid.org/esl/Las-Noticias-y-Analisis/Notas-de-los-Viernes/Derechos-y-justicia-economicos-para-trabajadoras-domesticas
Imagen
tomada de: http://www.awid.org/var/ezwebin_site/storage/images/library/derechos-y-justicia-economicos-para-trabajadoras-domesticas/1552463-1-eng-GB/Derechos-y-justicia-economicos-para-trabajadoras-domesticas_medium.jpg
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